Auto Supremo AS/0429/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2019-RRC

Fecha: 11-Jun-2019

El Auto Supremo 267/2013-RRC de 17 de octubre, determina que la esencia misma de la


El Auto Supremo 267/2013-RRC de 17 de octubre, determina que la esencia misma de la subsunción corresponde en la adecuación del tipo penal al caso hecho concreto que ha sido objeto del juicio; en consecuencia, corresponde al Tribunal de Alzada realizar el control correspondiente de dicha labor intelectual por parte del Juez de origen. En su título " EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE DERECHO Y DOCTRINALES" se efectúa el análisis de la subsunción del hecho al tipo penal en virtud a que de forma primigenia determina los tres elementos constitutivos del tipo penal como ser el resultado del aborto, embarazo notorio y ausencia de la intensión de obtener el aborto, seguidamente identifica el verbo rector en referencia a la violencia y sus alcances de la misma, para que seguidamente de forma acertada aplica al hecho del presente caso al identificar el hecho de haber ejercido violencia física en contra de la víctima y como resultado del hecho se habría provocado el aborto, extremos que en forma categórica y contundente encuadran en forma perfecta al tipo penal del Aborto Preterintencional. Con referencia al hecho de que las acusadas y hoy recurrentes no tenían el conocimiento de embarazo dicho extremo es totalmente inaceptable, habida cuenta de que la víctima en el presente hecho a tiempo de la comisión del ilícito presentaba una gestación de siete meses, conforme el testigo Vitaliano Augusto Mizutani Galeno, lo cual lógicamente se traduce en un notorio embarazo. En la misma medida cabe resaltar que el argumento sostenido por las recurrentes, que no existiera elemento alguno que constituya el tipo penal del caso de autos, sin existir elemento de prueba objetiva que tienda a acreditar la inocencia de las acusadas