Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado y el Código de Procedimiento Penal, la doctrina legal aplicable de este Tribunal ha establecido en los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de marzo de 2007 y 319/2012 de 4 de diciembre, entre otros, determinados parámetros o exigencias mínimas en el contenido de la fundamentación o motivación de un fallo; es decir, que toda resolución debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica; i) Expresa, porque se debe señalar los fundamentos que sirvieron de soporte para sustentar su tesis, sin remisión a otros actos procesales; ii) Clara, en sentido que el pensamiento del juzgador debe ser aprehensible, comprensible y claro, no dejando lugar a dudas sobre las ideas que expresa el juzgador; iii) Completa, debiendo abarcar los hechos y el derecho; iv) Legítima, ya que debe basarse en pruebas legales y válidas. Para que exista legitimidad en la denuncia de valoración defectuosa de la prueba en la Sentencia, el Tribunal de alzada debe realizar el análisis de iter lógico por el que se evidencie la correcta o incorrecta valoración de la prueba efectuada por el Juez a quo; y, v) Lógica, que es el requisito transversal que afecta a los otros requisitos; debiendo la motivación, en términos generales, ser coherente y debidamente derivada o deducida, pero utilizando las máximas de la experiencia, la psicología y las reglas de la sana crítica
- Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 05/2015 de 1 de abril (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 086/2019-RA de 20 de febrero, se extrae
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- El Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, a través de
- En el caso concreto, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación vulneró su derecho
- Al respecto, el Tribunal Supremo de Justicia, a través del Auto Supremo 085/2013-RRC de 28
- Por otra parte, respecto a las exigencias mínimas del contenido de la fundamentación o motivación
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- La inobservancia de los presupuestos glosados en el Fundamento Jurídico anterior, conlleva que la autoridad
- b
- c) La arbitrariedad también se expresa en la falta de coherencia, o incongruencia de la
- El recurrente, en el único motivo admitido para el presente análisis de fondo refiere que,
- De un análisis del Considerando II, acápite II
- En tal sentido, la resolución impugnada no es expresa porque no señala los fundamentos de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
