Auto Supremo AS/0452/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2019-RA

Fecha: 17-Jun-2019

Por diligencia de 26 de marzo de 2019 (fs


Contra la mencionada Sentencia, el imputado Rubén Darío Ocampo Quispe (fs. 2399 a 2414 vta.), los acusadores particulares Enrique Rafael Herrera Cabero, Martha Martínez de Herrera (fs. 2430 a 2445); y, el Ministerio Público (fs. 2446 a 2447), interpusieron recursos de apelación restringida, que previo a la sustanciación de lo pretendido, fueron emitidos los Autos de Vista 03/2015 de 21 de enero (fs. 2893 a 2900 vta.), 104/2016 de 28 de noviembre (fs. 3312 a 3320 vta.), Autos Complementarios de 5 y 13 de marzo de 2015 (fs. 2903 y 2921 y vta.), Autos Supremos 572/2015-RRC de 4 de septiembre (fs. 3004 a 3016), 526/2016-RRC de 14 de junio (fs. 3136 a 3148), Resolución de Amparo Constitucional 125/2016 de 17 de marzo (3078 a 3083 vta.), confirmada por Sentencia Constitucional 0578/2016-S2 de 30 de mayo (fs. 3199 a 3208), Resolución de Queja 703/2016 de 5 de diciembre; y, el Auto Supremo 204/2017-RRC de 21 de marzo (fs. 3435 a 3446 vta.), que dejó sin efecto el Auto de Vista 03/2015 de 21 de enero, emitiéndose el Auto de Vista 52/2017 de 24 de agosto, dejado sin efecto por Auto Supremo 426/2018 RRC de 13 de junio; en cuyo mérito la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 8/2019 de 15 de marzo, que declaró admisibles y procedentes en parte, los recursos de apelación del Ministerio Público y los acusadores particulares, revocando la Sentencia apelada y su Auto Complementario, declarando a Rubén Darío Ocampo Quispe, autor del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 3) del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, con costas, daños y perjuicios a favor de la víctima y del Estado. Siendo improcedente el recurso de apelación del imputado; a su vez, se declaró ha lugar la complementación de la parte acusadora en cuanto al nombre correcto de la Representante del Ministerio Público y no ha lugar la solicitud del imputado plasmado en la Resolución complementaria de 25 de marzo de 2019 (fs. 3586).

Por diligencia de 26 de marzo de 2019 (fs. 3587), fue notificado el imputado Rubén Darío Ocampo Quispe con el Auto de Vista complementario, interponiendo su recurso de casación el 2 de abril del mismo año, que es objeto del presente análisis de admisibilidad