Auto Supremo AS/0555/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0555/2019

Fecha: 06-Jun-2019

Resolución de primera instancia que fue apelada por Raúl Horacio Gorrity Ovando en representación de

Resolución de primera instancia que fue apelada por Raúl Horacio Gorrity Ovando en representación de Rossemary Annia, Mirtha Jannette, Blanca Ivonne e Ivan Raúl, todos Peña Paredes, mediante el memorial de fs. 346 a 352; por Blanca Ivonne Peña Paredes mediante el escrito de fs. 355 a 363 y por Lucero Vivian Videa Guerrero en representación de Roxana Mercedes Peña Paredes a través del memorial de fs. 688 a 694 vta., a cuyo efecto la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante el Auto de Vista de 30 de mayo de 2018, obrante de fs. 1014 a 1026 vta., declaro INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto contra el auto interlocutorio de fs. 106 y REVOCÓ la Sentencia de primer grado, arguyendo, entre otros, que no cursa prueba de cargo fehaciente que demuestre que en la suscripción del contrato en cuestión hubiera existido alguna ilicitud, mucho menos que la voluntad de los contratantes hubiere alterado el orden público o la buenas costumbres, puesto que en la carta notariada de fs. 377 a 378 (dirigida a la demandada), la actora ratifica por su propia voluntad la validez de su consentimiento en la transferencia cuestionada al solicitar únicamente el respeto de la reserva de usufructo; accesoriamente a ello consta en obrados copias de video en CD y fotografías de fs. 635 a 650 donde consta que la actora públicamente participó en la bendición de vivienda realizada por su compradora, ahora demandada