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Asimismo, ante la solicitud de aclaración, enmienda y complementación presentada por Víctor Otto León Romero, se emitió el auto de 27 de julio de 2016 cursante de fs. 915 a 916 vta.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Víctor Otto León Romero mediante memorial cursante de fs. 11121127 vta. de obrados; la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de Vista N° 116/2019 de 03 de abril, cursante de fs. 1177 a 1178 vta., CONFIRMANDO la Sentencia. Con costas y costos
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Víctor Otto León Romero mediante memorial cursante de fs. 11121127 vta. de obrados; la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de Vista N° 116/2019 de 03 de abril, cursante de fs. 1177 a 1178 vta., CONFIRMANDO la Sentencia. Con costas y costos
- Expediente:SC-64 -19-S
- Partes:Víctor Otto León Romero c/ Cesar López Cortez, los herederos forzosos de Oscar Alpire Ascarrunz,
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación de fs
- 3.De la Legitimación procesal
- a) Que el razonamiento plasmado en el núm
- b) Que el Auto de Vista refleja una errónea aplicación del art
- c) Que el Tribunal de alzada reflejo una absoluta incongruencia pues en primera instancia valoró
- d) Que en el Auto de Vista se denota el evidente error de derecho en
- e) Que no se valoró la prueba de cargo en relación a los hechos ilícitos
- De esta manera, solicito la emisión de un auto supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
