d) Que en el Auto de Vista se denota el evidente error de derecho en
d) Que en el Auto de Vista se denota el evidente error de derecho en cuanto a la conclusión de ser el testimonio sobre mensura y deslinde, la prueba que determine la fijación definitiva de la dimensión del predio, la villa y su colindante y que ello se encuentra sustentado en el art. 682 del Código de Procedimiento Civil con relación al art. 1459.I del Código Civil, olvidando que la resolución deriva de un proceso sumario como es de mensura y deslinde que no ostenta la calidad de cosa juzgada material pues es en sede de juicio ordinario donde se dilucidan los aspectos inherentes a la materialidad de los bienes objeto de controversia
- Expediente:SC-64 -19-S
- Partes:Víctor Otto León Romero c/ Cesar López Cortez, los herederos forzosos de Oscar Alpire Ascarrunz,
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
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- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación de fs
- 3.De la Legitimación procesal
- a) Que el razonamiento plasmado en el núm
- b) Que el Auto de Vista refleja una errónea aplicación del art
- c) Que el Tribunal de alzada reflejo una absoluta incongruencia pues en primera instancia valoró
- d) Que en el Auto de Vista se denota el evidente error de derecho en
- e) Que no se valoró la prueba de cargo en relación a los hechos ilícitos
- De esta manera, solicito la emisión de un auto supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
