a) Que el razonamiento plasmado en el núm
4.Del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación, se observa que Víctor Otto León Romero en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a) Que el razonamiento plasmado en el núm. 3 del tercer considerando del Auto de Vista refleja una sesgada arbitraria, errónea e indebida interpretación de los arts. 489, 490 y 549 inc. 3 del Código Civil, al concluir que la existencia de la causa, así como del motivo ilícito debe ser acreditando o probando que la voluntad de las partes concurrentes en la relación contractual se han constituido con la finalidad de contrariar al orden público o a las buenas costumbres o para eludir la aplicación de una norma imperativa
De la revisión del recurso de casación, se observa que Víctor Otto León Romero en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a) Que el razonamiento plasmado en el núm. 3 del tercer considerando del Auto de Vista refleja una sesgada arbitraria, errónea e indebida interpretación de los arts. 489, 490 y 549 inc. 3 del Código Civil, al concluir que la existencia de la causa, así como del motivo ilícito debe ser acreditando o probando que la voluntad de las partes concurrentes en la relación contractual se han constituido con la finalidad de contrariar al orden público o a las buenas costumbres o para eludir la aplicación de una norma imperativa
- Expediente:SC-64 -19-S
- Partes:Víctor Otto León Romero c/ Cesar López Cortez, los herederos forzosos de Oscar Alpire Ascarrunz,
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2
- 3
- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación de fs
- 3.De la Legitimación procesal
- a) Que el razonamiento plasmado en el núm
- b) Que el Auto de Vista refleja una errónea aplicación del art
- c) Que el Tribunal de alzada reflejo una absoluta incongruencia pues en primera instancia valoró
- d) Que en el Auto de Vista se denota el evidente error de derecho en
- e) Que no se valoró la prueba de cargo en relación a los hechos ilícitos
- De esta manera, solicito la emisión de un auto supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
