Auto Supremo AS/0600/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0600/2019

Fecha: 24-Jun-2019

Consiguientemente, en virtud a las consideraciones expuestas, se concluye que la falta de congruencia en

Consiguientemente, en virtud a las consideraciones expuestas, se concluye que la falta de congruencia en el Auto de Vista Nº S-256/2018 de 10 de agosto, no resulta evidente, pues el Tribunal de alzada, conforme a lo expuesto en los considerandos segundo y tercero del auto de vista, a los cuales nos remitimos, procedió a dar respuesta a todos los reclamos acusados en apelación, sin omitir ningún extremo; por lo tanto, y toda vez que el principio de congruencia en segunda instancia amerita que el auto de vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación, el presente reclamo de vulneración a dicho principio deviene en infundado, pues este Tribunal Supremo, al estar limitada su competencia para establecer únicamente si hubo o no respuesta a todos los reclamos del apelante, no advierte omisión alguna de consideración