Auto Supremo AS/0113/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2019-CA

Fecha: 31-Jul-2019

Por otra parte, el art

Por otra parte, el art. 778 del Código de Procedimiento Civil (en adelante CPC-1975), establece la procedencia del proceso contencioso administrativo, exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el interés privado del administrado y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo, reclamando expresamente el acto administrativo impugnado y agotando ante ese Órgano todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado