La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
POR TANTO:
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE, 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y 277 del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto por Rolo Arteaga Aguilera, cursante de fs. 171 a 172; en consecuencia, se declara la ejecutoria del Auto de Vista N° 73 de 30 de abril de 2019, pronunciado por la Sala en materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE, 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y 277 del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto por Rolo Arteaga Aguilera, cursante de fs. 171 a 172; en consecuencia, se declara la ejecutoria del Auto de Vista N° 73 de 30 de abril de 2019, pronunciado por la Sala en materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de
- Al presente, estando en vigencia plena el Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de 19
- Con carácter previo, es preciso señalar que el recurso de casación, se constituye en una
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- Por otro lado, resulta incomprensible el petitorio efectuado en el único considerando, en el que
- Como se puede advertir, el recurso de casación en análisis, es insuficiente en cuanto su
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
