Auto Supremo AS/0361/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Por otra parte, Conforme al art

Por otra parte, Conforme al art. 17-I de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), los tribunales superiores tienen la facultad de revisar las actuaciones procesales que lleguen a su conocimiento, a objeto de verificar el cumplimiento de los plazos y leyes que regulan el trámite correcto de los procesos y a fin de establecer si concurrieron irregularidades procesales en su tramitación, para imponer en su caso, la sanción que corresponda o determinar si correspondiese, la nulidad de obrados de oficio, cuando el acto omitido lesione la garantía constitucional del debido proceso, la legalidad o la seguridad jurídica, haciéndose insubsanables las consecuencias materiales y jurídicas del mismo, por el tribunal superior