Auto Supremo AS/0366/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Tramitado el proceso laboral para la reincorporación y pago de sueldos devengados, la Juez de

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA,
SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
AUTO SUPREMO Nº 366
Sucre, 31 de Julio de 2019
Expediente : 261/2018
Demandante : Andrés Cristian Eyzaguirre Balboa
Demandado : Empresa de Correos de Bolivia “ECOBOL”
Proceso : Reincorporación laboral
Departamento : La Paz
Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El recurso de casación de fs. 290 a 298, interpuesto por Andrés Cristian Eyzaguirre Balboa, impugnando el Auto de Vista Nº 41/2018 de 15 de marzo, cursante de fs. 286 a 287, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso para la reincorporación laboral y pago de salarios devengados, seguido por el recurrente contra la Empresa de Correos de Bolivia “ECOBOL”; el Auto de fs. 318 que concedió el recurso de casación; el Auto de fecha 13 de junio de 2018 cursante a fs. 326 y vta. de admisión del recurso; los antecedentes del proceso, y;
I: ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia
Tramitado el proceso laboral para la reincorporación y pago de sueldos devengados, la Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social Tercero de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia N° 054/2017 de 7 de febrero, cursante de fs. 220 a 223 y el Auto Complementario N° 127/2017 de 17 de abril, cursante a fs. 234 y vta., declarando PROBADA en parte la demanda social, determinando que se pague a favor del demandante la suma de SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS 00/100 BOLIVIANOS (Bs.- 69.216,00) por concepto de salarios devengados, aguinaldo y segundo aguinaldo, a computarse desde el 7 de mayo de 2014 hasta 29 de septiembre de 2015, disponiendo también que no corresponde la reincorporación laboral por haber fenecido el término del fuero sindical