Auto Supremo AS/0374/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2019

Fecha: 31-Jul-2019

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En segunda instancia, pueden darse diferentes casos de incongruencia:
1. La incongruencia positiva, que es aquella en la que el juzgador extiende su decisión más allá de los límites del problema judicial que le fue sometido a su consideración, pudiendo ser: ultra petita, que se produce al otorgar más de lo pedido; y/o extra petita, al extender el pronunciamiento a cuestiones no sometidas a la decisión del Tribunal.
2. Incongruencia negativa, cuando el juzgador omite el debido pronunciamiento sobre alguno de los términos del problema judicial, pudiendo ser: citra petita, en el caso en que el Tribunal de alzada omite totalmente o en parte el pronunciamiento sobre las pretensiones formuladas; y/o, infra petita, cuando el Tribunal ad quem no se pronuncia sobre todos los petitorios y todos los hechos relevantes del litigio, que puedan generar una vulneración al debido proceso