Hace cita e interpretación del art
Hace cita e interpretación del art. 519 del CC y señala que el ahora demandante reclama el subsidio de frontera cuando no estaba estipulado dentro el contrato que firmo, el cual no ha sido valorado por el Juez Ad-quo, con la finalidad de precautelar el interés del Estado Plurinacional. Agrega que el Gobierno Autónomo Departamental de Pando es de naturaleza autónoma, regido bajo el principio fundamental de autogobierno, y es en ese entendido que la institución tiene la autodeterminación de realizar sus contracciones de personal para el cumplimiento de ciertas funciones de apoyo administrativo de manera eventual
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs
- En conocimiento de la Sentencia, el GADP a través de su apoderado Sandro Chambi Gómez,
- En conocimiento del Auto de Vista, el GADP formula recurso de casación en el fondo,
- Hace cita e interpretación del art
- Acusa que el Tribunal de alzada interpretó erróneamente los alcances y espíritu del artículo 5
- Señala que la debida motivación y fundamentación de las sentencias en el ámbito interno, ha
- A través de decreto de 9 de abril de 2018 de fs
- Mediante Auto de 5 de julio de 2018, de fs
- La Constitución Política del Estado (CPE), como norma fundamental del estado de derecho, establece en
- El subsidio de frontera en el marco del artículo 12 del DS Nº 21137 de
- Consecuentemente, el supuesto legal prevé que el trabajador debe desempeñar sus funciones dentro de un
- En el análisis del caso, corresponde compulsar si la acusación de errónea interpretación del art
- A más de lo fundamentado, es importante destacar que la pretensión del actor en la
- En mérito a ello, se puede evidenciar que el señalado DS Nº 21137, establece que
- En ese contexto, no resulta controversial que el actor hubiera prestado servicios en una institución
- Bajo estos parámetros se concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
