Auto Supremo AS/0396/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2019

Fecha: 31-Jul-2019

En función de lo expuesto, corresponde asumir un criterio anulatorio hasta que el Tribunal de

En ese contexto, es necesario dejar establecido que la falta de congruencia observada, torna arbitraria y autoritaria la decisión asumida por los de instancia, puesto que al confirmar la sentencia y dar por bien hecho lo resuelto por el Juez de instancia, sus razonamientos deben estar plenamente justificados con argumentos de hecho y derecho, que sean el sustento del decisorio y que demuestren el trabajo intelectivo de los Jueces de segunda instancia, por el cual se justificaba confirmar la sentencia, al no haberse obrado de esa manera, se vulnera el derecho y garantía del debido proceso.
En función de lo expuesto, corresponde asumir un criterio anulatorio hasta que el Tribunal de alzada resuelva de manera fundada y congruente, el agravio denunciado en el recurso de apelación, por el cual la empresa demandada pretende establecer la prescripción de los derechos y beneficios sociales reconocidos a favor de los trabajados, respectando la estructura y naturaleza jurídica de dicho instituto procesal; eximiendo a este Tribunal a realizar otras consideraciones que implican fundamentos de fondo del recurso de casación interpuesto; en mérito a lo expuesto, corresponde fallar de acuerdo a la disposición contenida en el art. 220.III.2. a) del Código Procesal Civil