Auto Supremo AS/0396/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales y otros derechos seguido por

Tramitado el proceso laboral por el pago de beneficios sociales y otros derechos seguido por María Scarlen Ferrufino Siles, Edy Varón Chavarría, Eliana Corrales Alvarado, Claudia Silvia Mendoza Udaeta, Patricia Claudia Zeballos Checa, José Edmundo Rivadeneira Aparicio y Emma Grisel Mollinedo López, contra de la Empresa de Telecomunicaciones NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A., representada legalmente por Vilma Rita Antezana Vargas; el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de 5 de febrero de 2014, cursante a fs. 571 a 585, declarando: 1.- Probada la demanda y 2.- Improbada la excepción perentoria de prescripción interpuesta por la Empresa de Telecomunicaciones NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A.; determinando que la parte demandada, cancele a favor de los actores conforme al siguiente detalle: 1.- María Scarlen Ferrufino Siles; indemnización, desahucio, bono de antigüedad, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs46.160,24.- (Cuarenta y seis mil ciento sesenta 24/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; 2.- Edy Varón Chavarría; indemnización, desahucio, bono de antigüedad, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs45.967,02.- (Cuarenta y cinco mil novecientos sesenta y siete 02/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; 3.- Eliana Corrales Alvarado; indemnización, desahucio, bono de antigüedad, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs51.548,43.- (Cincuenta y un mil quinientos cuarenta y ocho 43/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; 4.- Claudia Silvia Mendoza Udaeta; indemnización, desahucio, bono de antigüedad, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs24.226,24.- (Veinticuatro mil doscientos veintiséis 24/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; 5.- Claudia Patricia Zeballos Checa; indemnización, desahucio, bono de antigüedad, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs25.967,77.- (Veinticinco mil novecientos sesenta y siete 77/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006; 6.- José Edmundo Rivadineira Aparicio; indemnización, desahucio, bono de antigüedad, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs38.106,37.- (Treinta y ocho mil ciento seis 37/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006 y 7.- Emma Grisel Mollinedo López; indemnización, desahucio, aguinaldos dobles, vacaciones y primas, la suma total de Bs25.208,31.- (Veinticinco mil doscientos ocho 31/100 Bolivianos), más la actualización y multa del 30 % prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006