Auto Supremo AS/0528/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0528/2019-RA

Fecha: 24-Jul-2019

Por otro lado, como un tercer motivo, los recurrentes reclaman que ante su denuncia en


A pesar de aquello, se puede determinar que la parte recurrente denuncia la vulneración al debido proceso; correspondiendo examinar si la parte recurrente cumple con los requisitos de admisibilidad y permisibilidad para activar el recurso de casación ante la denuncia de defectos absolutos. En este sentido se advierte que suministraron los antecedentes de hecho generadores del recurso, en sentido de que el Auto de Vista impugnado no cuenta con una debida fundamentación y/o motivación; precisó el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido como es el debido proceso; empero, no detallan con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía; y, menos el resultado dañoso emergente del defecto. Siendo inadmisible el presente motivo.

Por otro lado, como un tercer motivo, los recurrentes reclaman que ante su denuncia en apelación restringida de la existencia del defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 2) del CPP, el Tribunal de alzada se limitó a señalar que el argumento seria reiterativo, sin llegar a realizar una debida fundamentación