Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
Firmado
Magistrado Presidente Dr. Olvis Eguez Oliva
Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
- Por memoriales presentados el 22 de abril de 2019, Azucena Alejandra Fuertes Mamani, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Azucena Alejandra Fuertes Mamani (fs
- El Auto de Vista impugnado, afirma la recurrente, contiene “defectuosa valoración de la prueba y
- Señala que en torno al art
- Finaliza reiterando que su persona “solo buscó
- Previa alusión a antecedentes del proceso, aduciendo que el tribunal de apelación no resolvió adecuadamente
- El Auto de Vista recurrido, en perspectiva de la recurrente pretende consolidar la errónea aplicación
- Agrega que el reclamo sobre defecto de sentencia
- Considera que el Auto de Vista impugnado, omitió pronunciarse sobre el motivo configurado en el
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida,
- El precepto legal contenido en el citado
- Para el caso de su segundo motivo, alega que en su caso se encuentra presente
- En el segundo motivo, la recurrente alega que el Auto de Vista impugnado, pretende consolidar
- Si bien este motivo hace referencia a jurisprudencia contenida en los Autos Supremos antes citados,
- En el caso del tercer motivo la recurrente expresa que, el Auto de Vista impugnado,
- Finalmente, en el cuarto motivo del recurso, la recurrente denuncia lesión a sus derechos al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
