IV
III. Los plazos vencen el último momento hábil del horario de funcionamiento de los juzgados y tribunales del día respectivo; sin embargo, si resultare que el último día corresponde a día inhábil, el plazo quedará prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
IV. Vencido el plazo, la o el secretario, sin necesidad de orden alguna, informará verbalmente del vencimiento a la autoridad judicial, a fin de que dicte la resolución que corresponda”
- Veizaga Ortuño de
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- II
- b)Que el auto de vista ha transgredido los arts
- c)Que el Tribunal de alzada a momento de emitir el auto de vista no resuelve
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que anule obrados hasta el
- a)Que el Tribunal de alzada no hizo una correcta valoración de las pruebas literales sobre
- b)Que los únicos que pueden hacer la variación y demostración de los excedentes es el
- CONSIDERANDO III
- IV
- De la letra y esencia de la norma, se establece que el nuevo modelo Procesal
- CONSIDERANDO IV
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin costas y ni costos
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
