Auto Supremo AS/0644/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0644/2019

Fecha: 04-Jul-2019

Ante este reclamo, es necesario precisar las situaciones generadas por las partes en la sustanciación

Ante este reclamo, es necesario precisar las situaciones generadas por las partes en la sustanciación del presente proceso ordinario a efecto de evitar un escenario contradictorio, de manera que en el caso de autos la Sentencia Nº 38/2016 de 22 de abril cursante de fs. 433 a 439 declaró improbada la demanda reconvencional de usucapión quinquenal, fallo que era susceptible de apelación conforme al art. 256 del Código Procesal Civil y en caso de una eventual apelación de la contraparte se tiene la facultad de adherirse al recurso, otorgando a la parte que no apeló la posibilidad de fundar su propios agravios en la vía adhesiva acorde al art. 261.II del código adjetivo de la materia, en tal entendimiento se tiene en obrados que frente al recurso de apelación interpuesto por Andrea Ramírez Daza conforme memorial de fs. 442 a 446, Blanca Beatriz Dávalos de Vaca Guzmán contestó al mismo, sin adherirse al recurso de apelación interpuesto por su contraparte, por lo tanto no se vulneró el principio de la doble instancia o doble grado, puesto que la demandada contó con la oportunidad procesal de debatir los fundamentos de la sentencia mediante la adhesión, por esta razón lo acusado carece de sustento