Auto Supremo AS/0706/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0706/2019

Fecha: 19-Jul-2019

Lo propio ocurre con el certificado de 10 de abril de 2019 (fs

El certificado de 10 de abril de 2019 (fs. 59), suscrito por Víctor M. Arana como Presidente/CEO Bennet International Corp., no modifica el fundamento del riesgo de fuga que fue argumentado en el Auto Supremo N° 015/2017 de 11 de febrero, en sentido que el imputado Samuel Jorge Doria Medina Auza con el pasaporte vigente tuviera la facilidad de abandonar el país, como se encuentra descrito en el art. 234.2) del CPP.
Lo propio ocurre con el certificado de 10 de abril de 2019 (fs. 60), de acuerdo al criterio de la Sala Penal, contiene un defecto en cuanto a su emisión, existiendo confusión respecto de la empresa que se describe en el cuerpo de la certificación con la persona que suscribe la nota, por lo que el mismo al estar confuso, no genera convicción de su contenido, no hace variar el riesgo de fuga sustentado en la vigencia del pasaporte del imputado, como se señaló en el Auto Supremo N° 015/2017 de 11 de febrero, por consiguiente, no existe errónea valoración de su contenido conforme a la regla de la sana crítica, establecida en el art. 172 del CPP