Auto Supremo AS/0375/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0375/2019

Fecha: 14-Ago-2019

En el caso objeto de examen, respecto al único punto recurrido, donde alega indebida

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
En el caso objeto de examen, respecto al único punto recurrido, donde alega indebida aplicación del art. 47 de la Ley 1178, siendo que éste se refiere a contratos de obras, así como provisión de materiales bienes y servicios, sin referirse a contratos laborales, tomando en cuenta que en la relación que mantenía con el INRA, existía un horario de trabajo, salario mensual y registrando su asistencia en el horario establecido, correspondiendo así el pago del derecho social como es el aguinaldo, por las duodécimas de las gestiones 2007 y 2008; vulnerando el art. 4 de la LGT y 48 de la CPE, al pretender eludir la cancelación de este derecho social