I.2. Auto de Vista
Fecha de inicio de la relación laboral: 15/10/2007
Fecha de retiro de la relación laboral: 14/02/2014
Sueldo promedio indemnizable: Bs.4.475
Salario devengado: 19m; 12d. Bs. 85.562
Desahucio: Bs. 13.425
Indemnización por antigüedad: Bs. 28.316.80
Aguinaldos más multas: Bs. 54.470,69
Segundo Aguinaldo 2013-2014:Bs. 9.875,33
Vacaciones 26.5 d.Bs. 3.952,91
TOTALBs. 193.602,73
I.2. Auto de Vista
Fecha de retiro de la relación laboral: 14/02/2014
Sueldo promedio indemnizable: Bs.4.475
Salario devengado: 19m; 12d. Bs. 85.562
Desahucio: Bs. 13.425
Indemnización por antigüedad: Bs. 28.316.80
Aguinaldos más multas: Bs. 54.470,69
Segundo Aguinaldo 2013-2014:Bs. 9.875,33
Vacaciones 26.5 d.Bs. 3.952,91
TOTALBs. 193.602,73
I.2. Auto de Vista
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Constructora”J&M” mediante su representante, cursante de
- Amparado en estos antecedentes, demandó a la Empresa Constructora “J&M”, el pago de Bs
- Tiempo de servicio: 6 años, 3 meses y 28 días
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión la empresa demandada, mediante su representante, por escrito de fs
- Respecto a la valoración de la prueba en materia laboral, art
- Conviene aclarar respecto a la sana crítica, que de acuerdo con Heberto Amilcar Baños, “…
- Compulsando lo explicado, con el contenido de la sentencia de primera instancia, se evidencia que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
