VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Constructora”J&M” mediante su representante, cursante de
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 431/2019
Sucre, 16 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 189/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Constructora”J&M” mediante su representante, cursante de fs. 118 a 119, contra el Auto de Vista Nº 216/2018 de 9 de abril, de fs. 113 a 116 pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso laboral interpuesto por Mario Cueto Arce contra la Empresa Constructora “J&M”, el auto de concesión del recurso de fs. 128, el Auto Nº 213/2018-A, de 14 de mayo, que dispuso la admisión del mismo, cursante a fs.135, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1. Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 431/2019
Sucre, 16 de agosto de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-CHUQ. 189/2018
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Constructora”J&M” mediante su representante, cursante de fs. 118 a 119, contra el Auto de Vista Nº 216/2018 de 9 de abril, de fs. 113 a 116 pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro el proceso laboral interpuesto por Mario Cueto Arce contra la Empresa Constructora “J&M”, el auto de concesión del recurso de fs. 128, el Auto Nº 213/2018-A, de 14 de mayo, que dispuso la admisión del mismo, cursante a fs.135, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I.
I.1. Antecedentes del proceso
- VISTOS: El recurso de casación, interpuesto por la Empresa Constructora”J&M” mediante su representante, cursante de
- Amparado en estos antecedentes, demandó a la Empresa Constructora “J&M”, el pago de Bs
- Tiempo de servicio: 6 años, 3 meses y 28 días
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión la empresa demandada, mediante su representante, por escrito de fs
- Respecto a la valoración de la prueba en materia laboral, art
- Conviene aclarar respecto a la sana crítica, que de acuerdo con Heberto Amilcar Baños, “…
- Compulsando lo explicado, con el contenido de la sentencia de primera instancia, se evidencia que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
