Auto Supremo AS/0608/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2019-RRC

Fecha: 20-Ago-2019

En el caso presente, las recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada vulneró su derecho


III. VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE LA VULNERACION DEL DERECHO A LA DEBIDA FUNDAMETACION Y MOTIVACION Y VALORCION DE LA PRUEBA

En el caso presente, las recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada vulneró su derecho a la debida fundamentación y motivación porque: a) cuando resolvió la denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva, en lugar de reconocer que presentaron prueba abundante que desvirtuaba el hecho ilícito transcribieron lo que se estableció en la Sentencia en lo que respecta al delito de Injuria para concluir sin mayor fundamento que la Sentencia estaba debidamente fundamentada; asimismo no analizaron los elementos configurativos del tipo penal de Injuria, pese a que se denunció como agravio la errónea aplicación de la Ley sustantiva; y, b) Revalorizaron la prueba aspecto que solo está permitido al Juez de Sentencia; por lo que solicitaron se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, en consecuencia, se disponga que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dicte nuevo Auto de Vista, conforme la doctrina legal aplicable, de conformidad al primer párrafo del art. 413 del CPP y las normas aplicables al caso