Auto Supremo AS/0647/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0647/2019-RA

Fecha: 22-Ago-2019

El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado, rechaza la denuncia sobre el defecto


El recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado, rechaza la denuncia sobre el defecto absoluto de la sentencia contemplado en el art. 169.3 del CPP (errónea aplicación de la ley adjetiva), sustentada en el hecho que el Tribunal de Sentencia, con su actuación anómala ha ocasionado una disfunción procesal como consecuencia de haber pronunciado dos sentencias en un solo proceso, la primera a tiempo de rechazar el procedimiento abreviado y disponer la continuidad del juicio oral, en la que se emite un criterio anticipado de la responsabilidad penal del hecho atribuido, y la segunda a la conclusión del juicio oral; sobre este aspecto, el Tribunal de Alzada se manifestó indicando que, la existencia de un vicio no es suficiente para declarar la nulidad del acto procesal, también debe demostrarse la trascendencia del mismo; es decir, el resultado dañoso que implique perjuicio y que eventualmente ocasione un resultado distinto en la resolución judicial, o coloque al imputado en estado total de indefensión; en el caso de autos, el a quo rechaza el procedimiento abreviado mediante sentencia en la que realiza consideraciones con relación a la prueba no judicializada y la responsabilidad penal, emitiendo en esta resolución un criterio anticipado, circunstancia que obliga a este Tribunal a excusarse de conocer el juicio oral, con la finalidad de garantizar el derecho a un juez imparcial; en el presente caso, no habiéndose apartado del conocimiento del juicio oral, el aquo adecua sus actos al defecto previsto en el art. 169.3 del CPP, constatándose la vulneración del derecho al Debido Proceso en su componente de Juez Imparcial; en cuyo mérito, resulta evidente que el Tribunal recurrido vulneró el derecho al Juez Imparcial por no subsanar esta vulneración, disponiendo el reenvío ante otro Tribunal de Sentencia