Auto Supremo AS/0695/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0695/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

Qué, finalmente con relación al defecto de valoración defectuosa de la prueba prevista por el


Qué, finalmente con relación al defecto de valoración defectuosa de la prueba prevista por el art. 370 inc. 6) del CPP, se puede verificar que éste defecto es también evidente, es decir, ha existido por parte del Tribunal inferior una valoración defectuosa de la prueba de cargo, consistente en el Certificado Médico Forense y el Informe Psicológico ambos realizados a la víctima, puesto que las mismas al no haber sido ratificadas en juicio oral por las responsables de su elaboración, habiéndose fundamentado el porque era necesario que los mismos sean ratificados y ampliados en audiencia, sin embargo, erróneamente se les otorgó valor probatorio a pesar de existir contradicciones, dudas y cuestionamientos que debieron ser aclaradas y contrastadas de forma más amplia en el juicio oral, público y contradictorio