Auto Supremo AS/0705/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0705/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

También se establece que, como señalaron los empresarios de CHIKEN´S KINGDOM dijeron que no contaban


También se establece que, como señalaron los empresarios de CHIKEN´S KINGDOM dijeron que no contaban con el registro del producto y marca ante el SENAPI, lo cual significa, que su producto nunca estuvo registrado lo que no puede constituirse en un perjuicio para la empresa CHIKEN´S KINGDOM, porque no existe prueba el producto de que vendía RAISA´S CHIKEN tenga el mismo sabor y gusto de un registro que nunca tuvo y no es la misma marca o tenga el mismo nombre en la venta de pollos y en un mundo de competencia no es posible valorar algo inexistente, cual es la patente y marca; por otra parte, refiere que no se utilizó el nombre de CHIKEN´S KINGDOM, por lo que, no se demostró ese hecho; por último, se establecería que la imputada no fue participe de la constitución de RAISA´S CHIKEN, porque no suscribió documento alguno, asimismo, se determina que no existe prejuicio en una empresa independiente con la otra, porque son empresas diferentes, personas diferentes, sin relación contractual