Auto Supremo AS/0707/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

Con relación al primer agravio, señala que el Tribunal de alzada incurrió en defecto absoluto


Refieren la existencia de falta de fundamentación en el Auto de Vista al resolver todos los agravios denunciados en su recurso de apelación restringida lo cual se constituiría en un defecto absoluto insubsanable; siendo las denuncias las siguientes: 1) Solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; 2) Vulneración de su derecho al debido proceso por no haber dado una solución equilibrada e imparcial en vulneración a la seguridad jurídica; 3) inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva (Errónea calificación de los hechos–tipicidad, errónea concreción del marco penal y errónea fijación de la pena); 4) Que el imputado no estuvo suficientemente individualizado; 5) Que la sentencia se basa en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio o incorporados por su lectura en violación a las normas; 6) Que no exista fundamentación en la Sentencia o que esta sea insuficiente o contradictoria; y 7) Que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de la prueba por violación de las reglas de la sana crítica.

Con relación al primer agravio, señala que el Tribunal de alzada incurrió en defecto absoluto al no observar que se cumplieron los presupuestos establecidos en el art. 133 del CPP para la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, y declarar sin lugar este agravio