Auto Supremo AS/0828/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0828/2019

Fecha: 26-Ago-2019

Al respecto de la demanda de fs

Al respecto, de la revisión al Auto de Vista de 30 de enero de 2019, cuyo segundo considerando refirió que: “Según el recurrente, el A quo ha confundido los trámites de usucapión quinquenal con la usucapión decenal … (…) … y es así que de manera válida el juzgador al analizar los recibos de fs. 19 a 39, así como la confesión judicial de las demandadas, advirtió acertadamente que Pedro Susano Susano vendió a favor del actor el lote 11 de la manzana 6 con una superficie de 300 m2 lo cual sumado a la inspección judicial realizada en el inmueble donde el demandante manifestó que también adquirió un segundo lote, dio lugar a que la sentencia reconociera a favor del referido demandante la usucapión de los lotes 11 y 12 de la manzana 6, por lo cual el agravio acusado es infundado”.
Al respecto de la demanda de fs. 44 a 45, se extrae que: “… Mi persona se incorporaron en posesión, quieta, pacífica y continua por más de 20 años, en el terreno antes mencionado, por lo cual entregamos un monto de dinero al supuesto dueño PEDRO SUSANO SUSANO, pero nunca llegamos a realizar el documento de compra- venta, ni mucho menos los títulos de propiedad se nos fueron entregados, aprovechándose de nuestra ignorancia, sólo me emitía recibos de cuotas por pagos mensuales”