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    Auto Supremo AS/0835/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0835/2019

    Fecha: 26-Ago-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Tarija
    • Planteada la acción de usucapión decenal o extraordinaria de fs
    • Resolución de primera instancia que fue apelada por Elva Ernestina Aguirre Soruco vda
    • Detalló que las pruebas fueron valoradas de manera correcta por el juez de instancia, dado
    • CONSIDERANDO II
    • 1
    • 2
    • En el fondo
    • Por lo que solicitó se case el Auto de Vista y se anule la Sentencia
    • Respuesta al recurso
    • Por lo que solicitó se confirme la Sentencia Nº 108/2017 de 12 de septiembre
    • CONSIDERANDO III
    • El Auto Supremo Nº 729/2016 de 28 de junio, estableció los principios que rigen en
    • III.2. De la valoración de la prueba
    • Al efecto el Auto Supremo Nº 585/2018 de 28 de junio reiteró: “José Decker Morales
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • III.3. De la usucapión decenal o extraordinaria y la detentación
    • De lo expuesto en dicho Auto Supremo, se tiene que para ser viable la usucapión
    • CONSIDERANDO IV
    • En vista que el recurso de casación interpuesto por Elva Ernestina Aguirre Soruco Vda
    • a
    • Además de lo señalado, la recurrente sustenta su acusación de nulidad en atención a un
    • b
    • Por los fundamentos expuestos, los reclamos en la forma devienen en infundado, por lo tanto,
    • Previamente cabe incidir que la usucapión decenal se encuentra regulada en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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