Auto Supremo AS/0141/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2019-CA

Fecha: 30-Sep-2019

CONSIDERANDO II: En el análisis del caso en concreto que ingresa para el pronunciamiento de

El rechazo in límine o ab initio de la demanda por falta de fundabilidad o por carecer de un interés tutelado por el ordenamiento, tiene como fundamento evitar un inútil dispendio de la función jurisdiccional, puesto que de admitirse el trámite de una demanda improponible y que así será sancionada al culminar el proceso, no sólo se atenta contra los principios de economía procesal y celeridad, sino que se activa y recarga inútilmente la labor de los órganos jurisdiccionales…”.
CONSIDERANDO II: En el análisis del caso en concreto que ingresa para el pronunciamiento de la respectiva Sentencia, se puede observar las siguientes actuaciones en sede administrativa:
1.- La Gerencia Regional Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia, como efecto de un proceso de relacionamiento, emitió la Resolución Sancionatoria AN-GROGR-ULEOR Nº 022/2016 de 30 de agosto, que resolvió declarar probada la infracción administrativa del Concesionario de Depósito de Aduana D.A.B, tipificado en el numeral 18) del art. 83 del Reglamento para la Concesión de Depósitos de Aduana, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-006-12 de 02/07/2012, por haber vulnerado lo dispuesto en el art. 63 del citado Reglamento, al no haber cumplido con su obligación de custodiar y conservar la mercadería descrita en el Acta de Intervención Contravencional COARORU-C-0743/2014 – Operativo denominado “EMG-ORU-02/14”; por lo que se le aplicó la multa de 7.879,45, UFV´s