Auto Supremo AS/0141/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2019-CA

Fecha: 30-Sep-2019

En ese sentido, se puede concluir que el proceso Contencioso Administrativo, se constituye en el

En ese sentido, se puede concluir que el proceso Contencioso Administrativo, se constituye en el mecanismo idóneo para materializar el principio de control judicial de legalidad previsto en el art. 4 inciso i) de la Ley Nº 2341, por lo que se asume que el requisito procesal de admisibilidad es que se haya agotado los mecanismos de impugnación administrativos, respecto a un determinado acto administrativo lo cual se acredita con la emisión de la Resolución de Recurso Jerárquico; en consecuencia la finalidad única de un proceso contencioso administrativo es realizar un control de legalidad, es decir evidenciar si en el transcurso del proceso administrativo previo, se aplicó correctamente una norma jurídica sea esta sustantiva o adjetiva, siendo esta la razón por lo cual un proceso Contencioso Administrativo, únicamente puede ser tramitada como de derecho y no de hecho