En ese sentido y no obstante que los recursos administrativos no se pronuncian en relación
En ese sentido y no obstante que los recursos administrativos no se pronuncian en relación a la legalidad o no de la sanción administrativa impuesta al demandante, el mismo pretende a través de la demanda contenciosa administrativa que se resuelve, que el Tribunal Supremo de Justicia, proceda a ejercer control de legalidad sobre aspectos de fondo que no fueron objeto de análisis y pronunciamiento por parte de Administración Pública; es decir, se advierte objetivamente la falta de presupuestos de la pretensión, pues los hechos expuestos por la entidad demandante no coinciden con los presupuestos jurídicos y de hecho contenido en la Resolución de Recurso Jerárquico RD 03-038-17 de 13 de abril, sobre la cual se debe ejercer control de legalidad en el caso en concreto, ya que conforme se tiene observado la demanda contenciosa administrativa interpuesta versa sobre aspectos de fondo que están referidos a la ilegalidad e improcedencia de la sanción interpuesta en contra de la Empresa Pública Nacional Estratégica “DEPOSITOS ADUANEROS” BOLIVIANOS – DAB”, mientras que el Resolución de Recurso Jerárquico, solo se pronuncia sobre el plazo de interposición del Recurso de Revocatoria, estableciendo que el mismo fue correctamente desestimado; por lo cual, no es viable sustanciar el presente proceso, al verse impedido el Tribunal de instancia de ejercer control de legalidad sobre aspectos que no fueron objeto de resolución en la instancia administrativa, determinado de esta manera su improponibilidad, no pudiendo éste Tribunal subsanar la equivocación en el objeto del proceso intentado; en consecuencia, está imposibilitado de admitir y resolver la situación jurídica a través del presente proceso contencioso administrativo
- Demandante: Depósitos Aduaneros Bolivianos
- Resolución Impugnada:Resolución RD 03-038-17 de 13 de abril de 2017
- Magistrada Relatora:María Cristina Díaz Sosa
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
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- Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
