En base a los antecedentes administrativos glosados, corresponde establecer que el demandante efectivamente hubiera agotado
En base a los antecedentes administrativos glosados, corresponde establecer que el demandante efectivamente hubiera agotado la vía administrativa, con la interposición del Recurso de Revocatoria y el Recurso Jerárquico; sin embargo, debemos destacar que los recursos administrativos interpuestos, no ingresaron a considerar el fondo de los agravios que le causaba la Resolución Sancionatoria AN-GROGR-ULEOR Nº 022/2016 de 30 de agosto, pronunciada por Gerencia Regional Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia, ya que el Recurso de Revocatoria fue desestimado por estar presentado fuera de plazo y el Recurso Jerárquico confirmó la referida desestimación
- Demandante: Depósitos Aduaneros Bolivianos
- Resolución Impugnada:Resolución RD 03-038-17 de 13 de abril de 2017
- Magistrada Relatora:María Cristina Díaz Sosa
- De la naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- El proceso contencioso administrativo, constituye una garantía formal que beneficia al sujeto administrado, con la
- El art
- En ese sentido, se puede concluir que el proceso Contencioso Administrativo, se constituye en el
- Sobre la improponibilidad objetiva de la pretensión
- El Auto Supremo N° 73/2011 de 23 de febrero de 2011 pronunciada por la Sala
- El concepto de "improponibilidad", fue postulado por Morello y Berizonce, en un trabajo llamado "improponibilidad
- CONSIDERANDO II: En el análisis del caso en concreto que ingresa para el pronunciamiento de
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- En base a los antecedentes administrativos glosados, corresponde establecer que el demandante efectivamente hubiera agotado
- En ese sentido y no obstante que los recursos administrativos no se pronuncian en relación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
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- Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
