Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 693/2017 de 28 de noviembre (fojas 1290 a 134 vlta.), declarando PROBADA en parte la demanda de beneficios sociales de fojas 21 a 25 de obrados, de acuerdo a los siguientes conceptos y montos:
Tiempo de servicios: del 02/03/2012 al 23/04/2013- 1 año, 1 mes y 21 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 1.200
DESAHUCIO Bs. 2.600,00
INDEMINIZACION Bs. 1.370,-
AGUNALDO Bs. 376,67
VACACION Bs. 600,-
SUELDO ABRIL Bs. 920,-
HORAS EXTRAS Bs. 5.024,80
DOMINGOS Bs. 1.364,-
FERIADOS Bs. 480,-
PRENATAL Bs. 4.800,-
INCREMENTO SALARIAL Bs. 600,-
TOTAL Bs. 19.136,27,-
MULTA 30 % Bs. 5.740,88
GRAN TOTAL Bs. 24.877,15
I.2.- Auto de Vista
Tiempo de servicios: del 02/03/2012 al 23/04/2013- 1 año, 1 mes y 21 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 1.200
DESAHUCIO Bs. 2.600,00
INDEMINIZACION Bs. 1.370,-
AGUNALDO Bs. 376,67
VACACION Bs. 600,-
SUELDO ABRIL Bs. 920,-
HORAS EXTRAS Bs. 5.024,80
DOMINGOS Bs. 1.364,-
FERIADOS Bs. 480,-
PRENATAL Bs. 4.800,-
INCREMENTO SALARIAL Bs. 600,-
TOTAL Bs. 19.136,27,-
MULTA 30 % Bs. 5.740,88
GRAN TOTAL Bs. 24.877,15
I.2.- Auto de Vista
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Santa
- Deducido recurso de apelación, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal
- I.3.- Recurso de casación en la forma y en el fondo
- I.3.1.- Recurso de casación en la forma
- La recurrente alega falta de pronunciamiento por parte del Ad quem, sobre los agravios expuestos
- Sobre la falta de valoración de la prueba testifical de cargo, ya que
- Sobre el agravio por el pago de horas extras ordenado por el juez
- El auto de vista impugnado ha ignorado y evadido la aplicación del principio procesal de
- I.4.- CONTESTACION AL RECURSO
- Una vez notificado el demandante con el recurso de casación en la forma y en
- Respecto al recurso de casación en la forma
- La demandada, alega que no hubo valoración de los medios de prueba previstos en el
- Respecto al recurso de casación en el fondo
- Al respecto cabe aclarar que el recurso de casación en el fondo carece de fundamento,
- Por último, la demandante solicita se declare la improcedencia del recurso de casación en la
- Fundamentos jurídicos del fallo
- Los arts
- El Tribunal que conocerá un recurso de casación, sea en la forma o en el
- Adviértase que la finalidad de cada uno de estos dos tipos de casación es diferente,
- Con relación al recurso de casación en la forma, tenemos que
- 2
- 3
- 4
- 5
- Una vez analizado el memorial de apelación debemos remitirnos al auto de vista impugnado, para
- Habiendo realizado el análisis respectivo de la resolución recurrida, respecto a la primer infracción denunciada,
- Respecto a la segunda infracción, referente al reconocimiento de desahucio en favor de la demandante
- Sobre este extremo debemos ser claros al establecer que el tribunal de alzada ha indicado
- Respecto a la tercera infracción, referente a valoración de la prueba testifical de cargo, especialmente
- De lo que se establece que no es evidente la infracción denunciada
- Referente a la cuarta infracción, que se refiere al agravio que ordena el pago de
- Respecto a esta denuncia, se tiene que el Ad quem, realizó un análisis y llegó
- Respecto a la falta de valoración de la confesión provocada, debemos indicar que la misma
- Con costas y costos a ser ejecutados en ejecución de sentencia, por el A-cuo
- Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
