Auto Supremo AS/0491/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0491/2019

Fecha: 24-Sep-2019

Así tramitado el proceso contencioso, el Tribunal de primera instancia emitió la Sentencia Nº 109/18

Así tramitado el proceso contencioso, el Tribunal de primera instancia emitió la Sentencia Nº 109/18 de 7 de junio de 2018 de fs. 106 a 107 y vta., señalando lo siguiente: “… si bien el Municipio señala que hay observaciones técnicas (…) y se tiene el informe de la Perito Arq. Janett Coca Rhú en cuyas conclusiones, señala que la obra no fue concluida, que tiene defectos detallando los mismos (…); este informe, es observado por la demandante señalando que son 4 años sin ninguna refacción, que la conclusión de la obra se demuestra con las actas de entrega provisional y definitiva. De la prueba que se adjunta por la demandante también se tiene las actas de entrega provisional y entrega definitiva, que se ha descrito por quienes está firmada, porque es cierto que el informe de la perito es posterior, pero la entrega definitiva de la obra realizada el 23 de enero de 2015, establece que previa verificación de las observaciones efectuadas durante la recepción provisional, que había solo una (mejorar el pintado de la gradería) procede a la recepción definitiva, una vez que han sido culminados, observados y corregidos los ítems contemplados en el proyecto inicial; ahora bien, que el Municipio señale que existe falsificación de las actas de entrega, adjuntado un acta de la Comunidad de Jericó sobre el rechazo de la obra, ese extremo deberá probarse, estas actas tienen valor probatorio, mientas no se establezca su falsedad; respecto a la fecha de entrega, el Municipio señala que la entrega se realizó en mayo de 2016, se sobrepasó 464 días, (…) empero el Acta de entrega definitiva que se presenta como prueba es del 23 de enero de 2015; el Municipio en su contestación con las observaciones técnicas que realizaba, también señala que según el Informe del Director Administrativo Financiero, de acuerdo al Sistema SIGEP se realizaron dos desembolsos, el 15 de diciembre de 2014, Bs. 136.544.70; el 31 de diciembre de 2015, Bs. 20.000, el monto total financiero líquido ejecutado es de 52.24%, saldo por ejecutar Bs. 143.105.29 y este informe Financiero está como prueba ofrecida por el Municipio, por el que se establece los dos desembolsos realizados, que coincide con los informes de planilla de avance de obra N° 1 y planilla de avance N° 2, que se encuentran como prueba ofrecida por la demandante, por lo que conforme ha señalado el Municipio el saldo por ejecutar es Bs. 143.105.29 monto que la demandante ha aceptado, siendo el monto que adeuda el Municipio.” (Resaltado añadido)