A su vez el art
A su vez el art. 30.12 de la Ley 025 establece que además de los principios esenciales y generales del Órgano Judicial, la jurisdicción ordinaria se sustenta, entre otros, en el debido proceso que: “Impone que toda persona tenga derecho a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido a disposiciones jurídicas generales aplicables a los que se hallen en una situación similar; comprende el conjunto de requisitos que debe observar toda servidora o servidor judicial en las instancias procesales, conforme a la Constitución Política del Estado, los Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos y la ley”
- I.1 Demanda, Contestación y Sentencia
- Por escrito de fs
- II. FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- II.1 Primer recurso
- II.1.1 Petitorio
- Con dichos argumentos, pide a este Tribunal dictar auto supremo casando la Sentencia N° 158/2018,
- II.2 Segundo recurso
- Carlos Alberto Justiniano Senceve en representación de Omar Núñez Vela Rodríguez, Alcalde del Gobierno Autónomo
- El Tribunal A quo al dictar la sentencia N° 6/2018 de 10 de abril ha
- II.2.1 Petitorio
- Con dichos argumentos, pide a este Tribunal “previa valoración de los extremos expuestos se sirva
- IV. CON RELACION A LA CALIFICACION DE LOS PROCESOS
- Antes de ingresar al análisis del caso concreto, es necesario precisar que la tramitación del
- En tal sentido, el proceso ordinario de hecho es aquel en el cual la controversia
- Entre las principales deferencias se pueden mencionar las siguientes
- En el proceso ordinario de puro derecho no se aceptan nuevas pruebas; no hay término
- En el proceso ordinario de puro derecho la controversia está en qué ley se debe
- Dicho esto, debemos referirnos al caso que nos ocupa, el mismo que de acuerdo a
- V. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- En tal sentido, el Código Procesal Civil (CPC) en su art
- A su vez el art
- El art
- Disposiciones concordantes con la facultad conferida en el art
- En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de
- IV.1. Conclusión
- Consecuentemente, al haberse emitido una resolución violatoria del principio de congruencia,
- Al no ser excusable los errores procesales, se impone la sanción
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
