Carlos Alberto Justiniano Senceve en representación de Omar Núñez Vela Rodríguez, Alcalde del Gobierno Autónomo
Carlos Alberto Justiniano Senceve en representación de Omar Núñez Vela Rodríguez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta refirió que la sentencia no valoró de manera adecuada las pruebas de descargo que demostraban la resolución del contrato, por consiguiente, la inexistencia de la obligación del pago de saldos adeudados por la prestación de servicios
- I.1 Demanda, Contestación y Sentencia
- Por escrito de fs
- II. FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- II.1 Primer recurso
- II.1.1 Petitorio
- Con dichos argumentos, pide a este Tribunal dictar auto supremo casando la Sentencia N° 158/2018,
- II.2 Segundo recurso
- Carlos Alberto Justiniano Senceve en representación de Omar Núñez Vela Rodríguez, Alcalde del Gobierno Autónomo
- El Tribunal A quo al dictar la sentencia N° 6/2018 de 10 de abril ha
- II.2.1 Petitorio
- Con dichos argumentos, pide a este Tribunal “previa valoración de los extremos expuestos se sirva
- IV. CON RELACION A LA CALIFICACION DE LOS PROCESOS
- Antes de ingresar al análisis del caso concreto, es necesario precisar que la tramitación del
- En tal sentido, el proceso ordinario de hecho es aquel en el cual la controversia
- Entre las principales deferencias se pueden mencionar las siguientes
- En el proceso ordinario de puro derecho no se aceptan nuevas pruebas; no hay término
- En el proceso ordinario de puro derecho la controversia está en qué ley se debe
- Dicho esto, debemos referirnos al caso que nos ocupa, el mismo que de acuerdo a
- V. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- En tal sentido, el Código Procesal Civil (CPC) en su art
- A su vez el art
- El art
- Disposiciones concordantes con la facultad conferida en el art
- En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de
- IV.1. Conclusión
- Consecuentemente, al haberse emitido una resolución violatoria del principio de congruencia,
- Al no ser excusable los errores procesales, se impone la sanción
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
