Por otra parte, como en el recurso no existe invocación de precedente contradictorio y se
Un primer requisito común a las dos posibilidades de admisión, es la establecer si el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo legal, que como lo señala el art. 417 del CPP es de cinco días siguientes a la notificación con el Auto de Vista; en el caso, el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado, el 16 de mayo del año en curso, habiendo interpuesto el recurso de casación el 23 del mismo mes y año, es decir, dentro de los cinco días, observando al efecto el plazo previsto por el art. 130 de la misma disposición legal, respecto a los plazos determinados por días.
Por otra parte, como en el recurso no existe invocación de precedente contradictorio y se alegan defectos absolutos vulneratorios de derechos y garantías, corresponde analizar su admisibilidad vía flexibilización
- Por memorial presentado el 23 de mayo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 16 de mayo de 2019 (fs
- En el memorial del recurso de casación, el recurrente expresa los siguientes motivos
- La sentencia, en el primer hecho probado, valoró las declaraciones de la médico forense Carmen
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Conforme a lo señalado en el FJ III, del presente Auto Supremo, para que la
- Por otra parte, como en el recurso no existe invocación de precedente contradictorio y se
- Debe hacerse hincapié que la omisión referida no puede ser subsanada por esta Sala en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
