De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 17/2018 de 7 de mayo (fs. 1767 a 1775), el Tribunal de Sentencia Séptimo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se declaró a José Zeballos Paz, autor de los delitos de Robo Agravado, Asociación Delictuosa y Lesiones Leves, previstos y sancionados por los arts. 298, 332 núm. 1 y 2 y 172 segunda parte del CP, imponiendo la pena de seis (6) años de privación de libertad; y a Martha Salazar Burgos absuelta de los delitos de Robo Agravado, Lesiones Leves y Allanamiento de Domicilio, previstos y sancionados por los arts. 298, 332 y 271 del CP, ordenando la cesación de todas las medidas cautelares personales dispuestas en su contra
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 17/2018 de 7 de mayo (fs. 1767 a 1775), el Tribunal de Sentencia Séptimo del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, se declaró a José Zeballos Paz, autor de los delitos de Robo Agravado, Asociación Delictuosa y Lesiones Leves, previstos y sancionados por los arts. 298, 332 núm. 1 y 2 y 172 segunda parte del CP, imponiendo la pena de seis (6) años de privación de libertad; y a Martha Salazar Burgos absuelta de los delitos de Robo Agravado, Lesiones Leves y Allanamiento de Domicilio, previstos y sancionados por los arts. 298, 332 y 271 del CP, ordenando la cesación de todas las medidas cautelares personales dispuestas en su contra
- Por memoriales presentados el 16 de mayo de 2019 de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Zeballos Paz formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 13 y 27 de mayo de 2019 (fs
- De un análisis de los recursos interpuestos, se tienen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En correspondencia con la doctrina de flexibilización, coexisten los siguientes criterios que permiten de igual
- En el caso de autos, por diligencia de fecha 13 y 27 de mayo de
- De la revisión del recurso de casación presentado, se advierte que el recurrente acusa que
- La recurrente observa que la Sala de apelación anuló totalmente la sentencia sin considerar que
- No obstante, se advierte que la recurrente denuncia la vulneración al derecho a la defensa
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
