Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0843/2019-RRC
Fecha: 17-Sep-2019
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Por memorial presentado el 22 de marzo de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 50/2018 de 23 de agosto (fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 508/2019-RA de 25 de junio,
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A tiempo de rememorar la valoración defectuosa de la prueba que se hubiere suscitado en
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El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, vulnera el debido proceso y omite
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Detalla el recurrente, que un defecto absoluto incurrido por el Tribunal de alzada, es no
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I.1.3. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 508/2019-RA de 25 de junio, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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Por Sentencia 50/2018 de 23 de agosto, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa
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A fojas 592 del recurso, se puede advertir que no dice ni detalla, no cita
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Si bien es cierto lo afirmado por el recurrente, la misma madre de la menor
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Los argumentos expuestos por el recurrente si bien son subjetivos, genéricos, superficiales y sin ningún
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El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incumplió su labor de control de la
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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El art
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. Valoración de la prueba
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En la emisión de la sentencia, el Juez o Tribunal tomará en cuenta que los
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En ese proceso de valoración de la prueba de acuerdo al objeto del juicio, se
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Un segundo aspecto está dirigido a la eficacia conviccional del juzgador, es decir: la obligación
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En referencia a lo señalado el Auto Supremo 438 de 15 de octubre de 2005,
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Entonces, el sistema de la sana crítica goza de las más amplias facultades de convencimiento
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Asimismo, debe tomarse en cuenta que la labor de valoración de la prueba en los
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prueba
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La actuación y límites circunscritos a los Tribunales de alzada en la resolución del recurso
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Argumentos concordantes con los entendimientos asumidos en los Autos Supremos 332/2012-RRC de 18 de diciembre
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En ese contexto, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene
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III.4. Sobre la incongruencia omisiva
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o ex silentico)
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene más
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.5. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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El mismo autor citando a Joan Pico I
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
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III.6. El derecho al debido proceso
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Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso,
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Bajo ese marco garantista, se concluye lo siguiente
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III.7. El debido proceso y congruencia
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El debido proceso en materia procesal penal abarca un concepto amplio; empero, constitucionalmente está reconocido
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Por otra parte, el principio de congruencia reconocido en el art
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En ese entendido la acusación dentro de un debido proceso penal debe tener en cuenta
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En este sentido, conforme concluyó el Auto Supremo 021/2015-RRC de 13 de enero “(…) la
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III.8. De los precedentes invocados
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La parte recurrente invoca en calidad de precedentes contradictorios
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La máxima expresión del sistema emerge del juicio de mérito y se traduce en la
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En un primer momento, a partir de la inmediación y de la percepción directa de
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Este control, en consecuencia, debe incluir la verificación de la correcta motivación de las sentencias
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Se aclara que ya no se hace imprescindible el análisis del Auto Supremo 384 de
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III.9. Análisis del caso concreto
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III
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En relación a lo anterior, se establece que el recurrente reclama que el Tribunal de
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El recurrente señala como agravio que el Auto de Vista impugnado, vulnera el debido proceso
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Al efecto, se hace necesaria la revisión de los antecedentes con los que se cuenta,
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Ahora bien, de lo anterior se puede concluir: a) en relación a la incongruencia omisiva
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La parte recurrente acusa que un defecto absoluto incurrido por el Tribunal de alzada, es
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III.9.4 En relación a la denuncia de fundamentación insuficiente del Auto de Vista recurrido
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El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, resulta confuso ante la fundamentación subjetiva
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Sobre la denuncia de que el Auto de Vista impugnado, resulta confuso ante la fundamentación
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En atención a ello, el Tribunal de alzada consideró que si bien se le impuso
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Respecto a que con la afirmación del Tribunal de alzada “de que con un procedimiento
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Al respecto, en primera instancia, se debe tener presente que la causa se radicó en
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Fdo
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
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