El debido proceso supra referido, entre otros elementos está compuesto o integrado por el juez natural, garantía
El debido proceso supra referido, entre otros elementos está compuesto o integrado por el juez natural, garantía que emerge del art. 117 de la CPE que señala: "Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Nadie sufrirá sanción penal que no haya sido impuesta por autoridad judicial competente en sentencia ejecutoriada" y en relación a este, el art. 120.I de la CPE señala “Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial, y no podrá ser juzgada por comisiones especiales ni sometida a otras autoridades jurisdiccionales que las establecidas con anterioridad al hecho de la causa”; además, el art. 122 de la misma CPE, establece: "Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley", siendo este el marco constitucional que sustenta el principio del juez natural, que es entendido por la doctrina como el juez competente que de acuerdo a las normas jurídicas previamente establecidas, conforme criterios de territorio, materia y cuantía, es el llamado para conocer y resolver una controversia judicial, y así también lo establece el art. 12 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) señala: "(Competencia) Es la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una o un vocal, una jueza o un juez, o autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto", por lo que se concluye que el Juez natural, es aquel predeterminado por la ley, además de competente, independiente e imparcial
- Por memorial presentado el 20 de marzo de 2019, de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 52/2017 de 3 de octubre (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recursos de casación y del Auto Supremo 514/2019-RA de 25 de junio,
- Denuncia defecto absoluto en el marco del art
- I.1.2. Petitorio
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 514/2019-RA de 25 de junio, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Es un hecho demostrado, que el acusado Humberto Choque Palombo, aprovechando que tenía en su
- Así también, se ha demostrado, que intentaron dar solución al conflicto con el argumento de
- Para ambos cometidos se utilizó 2 poderes adulterados por medio de los cuales supuestamente la
- Ambas hermanas Ana Choque Gutiérrez y Valeria Choque Gutiérrez se limitaron a cumplir las órdenes
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, resolvió
- Sobre la existencia conjunta de los delitos de falsificación de documentos y Uso de Instrumento
- El recurrente afirma que la Sentencia es contradictoria cuando refiere que su persona no es
- Otro agravio reclamado es la incongruencia entre la sentencia y la acusación porque solo condena
- Al reclamo de que la Sentencia es contradictoria entre la parte considerativa y la parte
- El recurso de casación formulado por por el imputado Vladimir Lazcano Barrancos fue admitido por
- III.1. Del principio de publicidad vinculado al derecho a defensa
- Los arts
- Este principio se encuentra estrechamente vinculado al derecho a defensa, por ello, de conformidad a
- El art
- En coherencia con lo anterior, se tiene al principio de inmediación, entendido como el contacto
- Este principio que exige que el juicio se desarrolle con la presencia ininterrumpida de los
- III.3. El Juez natural
- El debido proceso supra referido, entre otros elementos está compuesto o integrado por el juez natural, garantía
- III.4. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, el recurrente en su recurso de casación, denuncia que en
- De la revisión de los antecedentes, se tiene el Acta de audiencia de apelación restringida
- Por otro lado, como resulta lógico en los antecedentes, no se halla designación o incorporación
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
