Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación incidental (fs
Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación incidental (fs. 731 a 738) así como apelación restringida (fs. 861 a 880), y conforme la providencia de 26 de noviembre de 2018 (fs. 934), la primera habría sido resuelta por Auto de Vista de 16 de agosto de 2018; asimismo, la apelación restringida fue declarada inadmisible mediante Auto de Vista de 31 de agosto de 2018, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, motivando la interposición del presente recurso de casación
- Por memorial presentado el 4 de enero de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 13/2016 de 7 de junio (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación incidental (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación interpuesto por Luis Ribera Tango y del Auto Supremo
- I.1.2. Petitorio
- Solicita se declare fundado su recurso y se anule el Auto de Vista y se
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- Contra dicha Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos
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- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró inadmisible el recurso
- III
- En el recurso de casación planteado se denuncia que el Auto de Vista incurrió en
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- El Auto Supremo 020/2012-RRC de 14 de febrero, diáfanamente ha establecido que “Las disposiciones contenidas en los arts
- Este aspecto resulta de trascendencia, habida cuenta que en el caso de que la sentencia haya
- Asimismo, debe considerarse que la resolución que se emita como emergencia de una solicitud de
- III.3. Análisis del caso concreto
- Respecto de la denuncia que el Auto de Vista incurrió en contradicción con los precedentes
- Auto Supremo 152/2012-RCC de 5 de julio
- Ahora bien, la notificación con esa resolución determina el inicio del cómputo del plazo para
- Este entendimiento asumido por este Tribunal encargado de desarrollar la interpretación de la legalidad ordinaria,
- Auto Supremo 464/2016-RRC de 24 de junio
- Por ello, al haber resuelto el Tribunal de alzada la extemporaneidad de la presentación de
- Por lo analizado en el punto III
- Al respecto, se tiene del análisis de los precedentes invocados por el recurrente, que la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
