Auto Supremo AS/0898/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0898/2019

Fecha: 06-Sep-2019

7)El juez A quo y el Ad quem no pidieron mayor producción de prueba antes

La recurrente arguye que se demandó a los tres copropietarios afirmando que dos se encuentran en Bolivia, pero a fs. 63 se observa que pidió día y hora para prestar juramento de desconocimiento de domicilio solo de Jaqueline Carvajal de Kovayashi efectuado el mismo a fs. 69 tanto de la mencionada supra y de Sergio Armando Estrada, lo cual de acuerdo a la doctrina lo califica como grosero, pues causó indefensión habiéndose designado abogada defensora de oficio únicamente para Jaqueline Carvajal y no al otro codemandado.
7)El juez A quo y el Ad quem no pidieron mayor producción de prueba antes de emitir sus fallos