Auto Supremo AS/0909/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0909/2019

Fecha: 16-Sep-2019

Al agravio expresado, se debe explicar que este Tribunal realiza revisión del criterio de los

3. Sostiene que el lote de terreno de propiedad del actor el cual pretende reivindicar no coinciden respecto a las características ni sobre la superficie, tampoco en las limitaciones por lo que bajo el principio de objetividad la Autoridad jurisdiccional debió exigir que el demandante demuestre que el lote es el mismo, mediante certificación técnica emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, aspecto que no fue exigido, vulnerando en consecuencia los derechos del recurrente.
Al agravio expresado, se debe explicar que este Tribunal realiza revisión del criterio de los jueces de alzada en función de los agravios de casación, ya que se impugna el Auto de Vista emitido, conforme manifiesta el art. 270.I del Código Procesal Civil, por lo cual no es adecuado que se establezcan agravios nuevos en el recurso de casación que no fueron formulados en apelación, ello supone saltar una instancia, per saltum, lo que no está permitido en nuestro sistema recursivo. En tal sentido, el recurrente plantea una discordancia de datos de los lotes en cuestión según los títulos de propiedad, que no fue establecido en el recurso de apelación, en consecuencia, no se obtuvo razonamiento jurídico al respecto; por consiguiente, por el principio per saltum, este Tribunal se inhibe realizar análisis al respecto