Auto Supremo AS/0932/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0932/2019

Fecha: 17-Sep-2019

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs

Proceso: Nulidad de documentos.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 872 a 886, interpuesto por Nelson Grover Villarroel Cardona contra el Auto de Vista N° 82/2018 de 09 de noviembre, cursante de fs. 858 a 869, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro el proceso ordinario de nulidad de documentos, seguido por el recurrente contra Banco Ganadero S.A., Carmen del Rosario Rojas Villarroel y Bruno Villarroel Alem representado legalmente por María Cristina Asbun Alem; el Auto de concesión de 16 de mayo de 2019 cursante a fs. 911; el Auto Supremo de Admisión N° 576/2019-RA de 6 de junio; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Nelson Grover Villarroel Cardona, por memorial de fs. 45 a 55 de obrados, planteó demanda de nulidad de documentos, contra el Banco Ganadero S. A., Carmen del Rosario Rojas Villarroel y Bruno Villarroel Alem representado legalmente por María Cristina Asbun Alem; quienes una vez citados, permitió que el Banco Ganadero S.A. representado legalmente por Luis Rimski Romero Zambrana y Fernando Gualberto Echeverría Agreda, conteste negativamente por memorial cursante de fs. 152 a 162, además, conforme decreto de 23 de junio de 2017 cursante a fs. 186 de obrados, se declaró la rebeldía de Carmen del Rosario Rojas Villarroel y Bruno Villarroel Alem representado judicialmente por María Cristina Asbun Alem; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia de 20 de julio de 2017, cursante de fs. 584 a 590, pronunciado por el Juez Público Civil y Comercial Séptimo de Cochabamba, que declaró PROBADA en parte la demanda de nulidad de documentos.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por el Banco Ganadero S.A. representado legalmente por Luis Rimski Romero Zambrana y Fernando Gualberto Echeverría Agreda, inicialmente por memorial de fs. 601 a 627 vta., ratificado por escrito de fs. 639 a 670 vta., reiterando la apelación en el efecto diferido en el Auto de 11 de julio de 2017; la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista N° 82/2018 de 09 de noviembre, cursante de fs. 858 a 869, REVOCANDO totalmente la Sentencia de 20 de julio 2017 y su Auto complementario, en consecuencia declaró: 1) IMPROBADA la demanda de nulidad de documentos interpuesta por Nelson Grover Villarroel Cardona; 2) PROBADOS los argumentos de defensa expuestos por el Banco Ganadero S. A