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    Auto Supremo AS/0961/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0961/2019

    Fecha: 24-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: SC-59-19-S
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I
    • El Tribunal de alzada concluyó que el demandante Juan Francisco Javier Estenssoro Moreno no se
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente Juan Francisco Javier Estenssoro Moreno, se extrae
    • 1
    • Petitorio
    • La recurrente solicitó casar el Auto de Vista impugnado y en consecuencia, se pidió declare
    • De la respuesta al recurso de casación
    • La parte demandada contestó que el recurrente no cumplió con lo exigido por el art
    • En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
    • III.1. De la Valoración de la Prueba
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia, señala que:
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
    • Orientado por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de
    • En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver los agravios planteados por el recurrente
    • Se debe tener presente que de acuerdo a lo establecido por el art
    • Asimismo, debe precisarse que el recurso de casación no es un remedio procesal que sirva
    • 2
    • Ahora bien, a momento de emitir la Sentencia N° 215/2018, la Juez de primera instancia
    • En ese entendido y de lo expresado supra, la parte demandante no cumplió con la
    • Ahora bien, continuando con el análisis del caso debe tenerse presente que la demanda instaurada
    • En el caso de autos, si bien de las pruebas de cargo de fs
    • En definitiva, se concluye que el actor no cumplió con el primer presupuesto establecido por
    • Consiguientemente, los Tribunales de instancia no acogieron la pretensión planteada por el recurrente, determinación que
    • Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso de casación, conforme a
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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