Auto Supremo AS/0983/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0983/2019

Fecha: 25-Sep-2019

Planteada acción de nulidad de contratos de transferencia, de documentos aclarativos de ubicación y superficie,

Distrito: Santa Cruz

VISTOS: El recurso de casación de fs. 1182 a 1202 vta., interpuesto por Víctor Otto León Romero contra el Auto de Vista Nº 116/2019 de 03 de abril, cursante de fs. 1177 a 1178 vta., pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial, Familiar, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario de nulidad de contratos de transferencia, documentos aclarativos de ubicación y superficie, cancelación de inscripciones en Derechos Reales y pago de daños y perjuicios, seguido por Víctor Otto León Romero contra César López Cortez y otros, contestación al recurso de casación de fs. 1209 a 1210, el Auto de concesión de 20 de mayo de 2019 cursante a fs. 1211, el Auto Supremo de admisión Nº 587/2019-RA de fs. 1221 a 1223, los antecedentes procesales, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Planteada acción de nulidad de contratos de transferencia, de documentos aclarativos de ubicación y superficie, cancelación de inscripciones en Derechos Reales más pago de daños y perjuicios de fs. 49 a 62 vta. y subsanada a fs. 65 vta., por Víctor Otto León Romero contra César López Cortez, Cecilia López Cabrera, quienes ostenten tener derechos sobre el inmueble objeto de la litis y los herederos forzosos de Oscar Alpire Ascarrunz en las personas de Deissy Ulloa Vda. de Alpire, Rolin Alpire Ulloa, Wálter Alpire Ulloa, Ronald Alpire Ulloa, María Yina Alpire Ulloa, Celia Alpire Ulloa, Oscar Yimi Alpire Ulloa, Fabiola Alpire Ulloa, Paul Alpire Ulloa, Paola Alpire Ulloa, Nelson Alpire Ulloa, Julia Alpire Ulloa y Fernando Alpire Ulloa. De los demandados se tiene que, Cesar López Cortez, una vez citado, opuso excepciones, contestó negativamente y reconvino por validez y vigencia de derecho propietario, su inscripción en Derechos Reales y pago de daños y perjuicios de fs. 163 a 165 vta.; de igual modo Deysi Ulloa Vda. de Alpire contestó negativamente de fs. 177 a 178 vta; por otro lado, Ronald, Fabiola, Fernando, María Yina, Nelson, Rolin, Paúl y Wálter todos de apellido Alpire Ulloa, contestaron y reconvinieron por validez y vigencia de derecho propietario de Cesar López Cortez a través de memorial cursante de fs. 189 a 194; asimismo Cecilia López Cabrera solicitó se la excluya del proceso a fs. 336 vta