Auto Supremo AS/0984/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0984/2019

Fecha: 25-Sep-2019

Los cónyuges no trabajan para sí egoístamente, sino en beneficio en primer lugar del otro

Los cónyuges no trabajan para sí egoístamente, sino en beneficio en primer lugar del otro esposo y en definitiva para la familia; por lo tanto, como manifiestan varios estudiosos del derecho, los bienes adquiridos durante la vida en común por el esfuerzo de los cónyuges, por la fortuna, el azar, las rentas, los frutos civiles, y naturales de los bienes propios y comunes, y en forma general todos los bienes que no pertenecen como propios a cualquiera de los esposos'